Límites del 3% a las Subidas de Alquiler en 2024. Novedades.

Edificio de viviendas de colores

Actualizado el martes, 17 septiembre, 2024

Tabla de contenidos

En una notable transformación normativa, el próximo año presenciará un cambio significativo en el mercado inmobiliario, con la imposición de un límite del 3% en las subidas anuales de alquiler. Estas medidas, diseñadas para mitigar aumentos desmedidos y brindar estabilidad económica a los inquilinos, se complementan con ajustes en incentivos fiscales para propietarios y la extensión de la suspensión de desahucios hasta 2024. 

Control Riguroso al alza de los alquileres en 2024

En una significativa actualización normativa, se ha establecido que la subida anual de la renta en los contratos de alquiler de vivienda no podrá exceder el 3% a partir del próximo año.

Esta medida busca mitigar aumentos desmedidos, proporcionando estabilidad económica a los inquilinos y estableciendo un límite claro en la negociación de las condiciones contractuales.

Se aumentan los derechos del inquilino, ya que se desliga la subida de la renta del alquiler en 2024 a la subida del IPC. 

Nuevos contratos: ajustes fiscales para propietarios

En consonancia con las nuevas disposiciones, se introduce un cambio en los incentivos fiscales para propietarios en los nuevos contratos de arrendamiento.

Se establece un porcentaje de reducción del 50%, en comparación con el 60% que prevalecía anteriormente de manera generalizada. Este ajuste busca equilibrar el beneficio fiscal para los propietarios, promoviendo al mismo tiempo una relación arrendaticia más justa.

Prórroga de la Suspensión de Desahucios hasta 2024

Como respuesta a la complejidad del contexto socioeconómico, se ha extendido la suspensión de desahucios hasta el año 2024. Esta prórroga, contemplada en las enmiendas al Real Decreto-ley 1/2023, busca proporcionar una mayor protección a los hogares que enfrentan dificultades económicas y dificultades para mantener sus viviendas.

Requisitos para Acogerse a la Suspensión de Desahucios

Para beneficiarse de la suspensión de desahucios, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos en la normativa. Se incluyen situaciones de vulnerabilidad económica y social, como la pérdida de empleo, ingresos insuficientes, presencia de menores o dependientes, entre otros aspectos evaluados caso por caso.

La normativa no solo contempla la suspensión de desahucios, sino que también prevé la intervención de servicios sociales para brindar apoyo a las personas en situación de vulnerabilidad. Se fomenta la búsqueda de soluciones habitacionales alternativas y se establecen medidas específicas para garantizar una transición lo más suave posible para aquellos afectados por la suspensión.

Compensación para Arrendadores y Propietarios: Real Decreto ley 37/2020

En un gesto hacia la equidad en el sector inmobiliario, el Real Decreto ley 37/2020 establece la posibilidad de solicitar compensación por parte de arrendadores y propietarios afectados hasta el 31 de enero de 2025. Esta medida reconoce las dificultades económicas que pueden enfrentar los proveedores de vivienda debido a la suspensión de desahucios, proporcionando un respaldo financiero que busca mitigar las pérdidas sufridas durante este período.

La compensación contemplada en el Real Decreto ley 37/2020 se guía por criterios específicos, teniendo en cuenta las circunstancias individuales de cada arrendador o propietario afectado. Factores como la duración de la suspensión, las condiciones económicas del propietario y posibles acuerdos previos entre las partes son considerados meticulosamente.

Conclusión: Un Paso hacia una Regulación más Equitativa

En conclusión, las recientes reformas en el ámbito inmobiliario buscan establecer un terreno de juego más nivelado entre el arrendador y el arrendatario. Las limitaciones en las subidas de alquiler y la revisión de incentivos fiscales forman parte de un enfoque integral que busca crear un mercado residencial más equitativo y sostenible. Observaremos con interés cómo estas modificaciones influyen en la dinámica del alquiler de viviendas y en la relación entre ambas partes involucradas.

Escrito por

¿Te ha parecido interesante? ¡Compártelo!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *